Decreto N°110 emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales, a través del cual se declaran prescindibles para los fines propios del estado los inmuebles que fluctúan entre 20290 y 38080 m2., y de entre 0, 61 y 4, 51 has., correspondientes a los sitios N°1 y 2 de la manzana A; sitios N°1, 2, 3, 4 y 5 de la manzana B; sitios N°1, 2 y 4 de la manzana C; sitios N°2, 3 y 5 de la manzana D y sitios N°4 y 5 de la manzana E ubicados en el sector de Calderilla; lote N°. 1, 3, 4, 5, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 26, 27 y 28 ubicados en el sector de Punta Pescadores, comuna de Caldera, provincia de Copiapó y los lote N°1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 ubicados en el sector de Canto del Agua, comuna y provincia de Huasco, todos de la Región de Atacama