Decreto ley que declara que quedan en calidad de interinos los personales de los Servicios, Reparticiones, Organismos, Empresas y demás instituciones de la Administración del Estado, tanto central como descentralizadamente, a excepción de los personales ... »
Decreto ley que declara que quedan en calidad de interinos los personales de los Servicios, Reparticiones, Organismos, Empresas y demás instituciones de la Administración del Estado, tanto central como descentralizadamente, a excepción de los personales del Poder Judicial y de la Contraloría General de la República; y que las nuevas designaciones significarán el término de los respectivos interinatos
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